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¿Qué es una extinción de condominio?

Términos de tu hipoteca

Imagina que te vas a separar de tu pareja y que tenéis una propiedad en común o que habéis heredado entre varios una vivienda. En ambos casos se pueden tener muchas dudas de cómo proceder con el inmueble. Si estás en alguna de estas dos situaciones, o en otra similar, te interesa conocer qué es una extinción de condominio. 

¿Qué es una extinción de condominio y cómo se regula?

La extinción de condominio es una manera práctica de dividir una comunidad de bienes y se encuentra regulada por los artículos 400 y 406 del Código Civil. Antes de seguir adelante, queremos explicar que un condominio, una comunidad de bienes o una copropiedad es lo mismo. 

Hay que tener en cuenta que cuando una pareja adquiere a partes iguales una vivienda, ambos son propietarios de ese inmueble. Tienen un condominio. Pero como decíamos al principio, esto también ocurre en el caso de las herencias. Por ejemplo, unos hermanos que reciben como herencia una casa de sus padres. 

La extinción de condominio sirve para repartir esa copropiedad y disolver la comunidad de bienes. En este caso uno o varios de los propietarios ceden su parte a otro. Esto puede ocurrir independientemente de que la vivienda tenga o no una hipoteca. 

Cuando se cede la propiedad lo habitual es que de por medio haya una transacción económica de quien se queda la vivienda a quien la cede. Eso sí, la Ley no estipula que tenga que darse este pago ni tampoco la cuantía del mismo. Hay que dejar claro que, aunque se parece a una venta, no lo es. Además, es más beneficioso para los implicados, ya que se paga una menor cantidad de impuestos. 

¿Qué más conlleva una extinción de condominio?

Una extinción de condominio es una opción que Hacienda vigilará con cuidado. Es habitual que investigue en qué ha consistido el proceso, ya que quiere evitar que se escondan otro tipo de operaciones. Ten en cuenta que, aunque en esta clase de transacciones no es necesario que una parte compense a la otra económicamente, si no lo hace, es posible que la Agencia Tributaria pueda investigar si se trata de una donación encubierta.

No se puede pasar por alto que una donación conlleva un pago de impuestos más alto que los de una compraventa o de la extinción de condominio. Lo que sí se tiene que abonar es el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, que conlleva el pago de entre el 1 y el 1,5 % del valor que tenga la vivienda en el momento que se realiza la operación. Este impuesto lo tiene que pagar quien se queda con la vivienda, además, hay que añadir el coste del notario. 

No es necesario pagar la Plusvalía Municipal y la extinción de condominio tampoco produce un incremento ni una merma patrimonial en renta. Por esta razón, no es necesario que se incluya en la declaración de la Renta. 

Este post ha sido revisado por un agente especializado de Genial Banking

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José Antonio

CEO de GenialBanking y experto en la intermediación de créditos inmobiliarios, mercados financieros y gestión de activos.

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