Según el diccionario de la Real Academia de la Lengua es un derecho que grava bienes inmuebles para garantizar el cumplimiento de una obligación o el pago de una deuda y, en otra acepción, la cantidad de dinero que constituye esa deuda. En otras palabras, la hipoteca es el derecho que el acreedor tiene sobre un bien, normalmente una vivienda, del deudor que se constituye como garantía del pago.
Normalmente, llamamos hipoteca a la cantidad de dinero o importe que un banco o institución financiera nos presta para la compra de una vivienda que se constituye como garantía de esa deuda ante notario en escritura pública. En caso de impago, el acreedor o entidad financiera reclamará al deudor la totalidad de la deuda. Y, en caso de no liquidarse, podrá emprender las acciones legales oportunas para vender la vivienda o el bien que garantiza la deuda en pública subasta.
En el contrato o escritura de hipoteca aparecen definidos los elementos que lo conforman: el tipo de interés, el plazo, el bien que garantiza la deuda y el capital concedido. Además, se incluyen una serie de cláusulas explicativas que indican qué ocurre en caso de impago o resolución del contrato.