Si estás a punto de firmar una hipoteca, es posible que estés escuchando hablar de algunos términos que hasta ahora eran desconocidos para ti. Es muy importante que entiendas bien qué significan, para saber a qué te estás comprometiendo. En las siguientes líneas te ayudamos a descubrir uno de ellos, te mostramos qué es el IAJD o Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
¿Qué es el IAJD o Impuesto de Actos Jurídicos Documentados?
El Impuesto de Actos Jurídicos Documentos, AJD, es un tributo que grava cualquier escritura publica firmada ante notario, aunque se suele relacionar con la firma de las hipotecas.
La cantidad que se paga por este impuesto depende de dos cuestiones fundamentales. Por un lado, el precio de la vivienda que vas a adquirir, por otro, la Comunidad Autónoma en la que se firme la hipoteca. Es cierto que en cualquier caso es un porcentaje pequeño, pero puede ir desde el 0,5 % al 1,5 %. Aunque este 1 % de diferencia en cantidades tan altas puede representar una cifra considerable.
¿Cuál es el porcentaje que se paga en cada Comunidad Autónoma de Impuesto de Actos Jurídicos Documentados?
Es posible que te estés preguntando en tu caso qué porcentaje tendrás que pagar de Impuesto de Actos Jurídicos. Como es lógico, dependerá de dónde vivas, estos son los distintos porcentajes de todo el territorio español:
- Andalucía: 1,50 %.
- Aragón: 1,50 %.
- Asturias: 1,20 %.
- Baleares: 1,20 %.
- Canarias: 1,0 %.
- Cantabria: 1,50 %.
- Castilla La Mancha: 1,25 %.
- Castilla y León: 1,50 %.
- Cataluña: 1,50 %.
- Ceuta: 0,50 %.
- Comunidad Valenciana: 1,50 %.
- Extremadura: 1,50 %.
- Galicia: 1,50 %.
- Madrid: 0,75 %.
- Melilla: 0,50 %.
- Murcia: 1,50 %.
- Navarra: 0,50 %.
- Euskadi: 0,50 %.
- La Rioja: 1,0 %.
Con todo, consulta a tu Comunidad Autónoma, ya que algunas ofrecen reducciones o extinciones del impuesto a ciertos colectivos para facilitar que puedan acceder a una vivienda.
¿Es el comprador el que debe pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados?
Si has estado al tanto de las noticias financieras en los últimos años, seguro que sabes que todos los pagos relacionados con las hipotecas han estado en los tribunales para dilucidar quién tenía que ocuparse de ellos. Además, también la justicia ha intervenido para analizar condiciones de los préstamos hipotecarios, fallando en muchos casos a favor de los consumidores.
El Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados no se ha librado de la polémica y también se ha cuestionado si debía ser abonado por el comprador o por el banco.
Hasta el año 2018, este impuesto lo tenía que pagar el propietario. Pero ese mismo año, hubo diferentes sentencias del Tribunal Supremo que marcaba que era el banco el que tenía que asumir este pago, salvo en el País Vasco.
Pero después de nuevas sentencias, muchas de ellas contradictorias, finalmente se determinó que el IAJD debía ser un impuesto abonado por los compradores de la vivienda.
¿Cuánto se paga por el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados?
Conocer la cifra que tendrás que pagar por el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados no es demasiado complicado. Solo tendrás que conocer el precio de la compraventa, de los gastos asociados y el porcentaje que cobra tu Comunidad Autónoma.
Por ejemplo, imagina que vives en Alicante, dentro de la Comunidad Valenciana, y el valor de tu hipoteca más sus gastos asociados, es decir, la Responsabilidad Hipotecaria (principal, intereses ordinarios, intereses de demora, costas y gastos) asciende a 225.000 euros.
Si no puedes acceder a una reducción tendrás que abonar el 1,5 %, que en este caso serán 3.375 euros. Como ves, aunque el porcentaje es pequeño, la cifra que debes pagar no lo es tanto.
Si vas a comprar una vivienda, te resultará muy útil conocer IAJD por Comunidades Autónomas, ahora no solo sabes este dato, sino también qué es el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y quién debe pagarlo.