Financiación máxima: 80%
Plazo máximo: 25 años.
Interés para los 25 primeros años: desde el 2,99% TIN, TAE 3,99%.
Financiación máxima: 80%
Plazo máximo: 25 años.
Interés primeros 10 años: desde el 2,55 % TIN
Interés, resto de años: desde el EUR + 0,90 %. TAE variable 4,11%.
Financiación máxima: 80%
Plazo máximo: 25 años.
Interés primeros 10 años: desde el 2,25 % TIN
Interés, resto de años: desde el EUR + 0,65 %. TAE variable 4,40%.
Financiación máxima: 80%
Plazo máximo: 25 años.
Interés primer año: desde el 1,75 % TIN
Interés, resto de años: desde el EUR + 0,60 %. TAE variable 4,96%.
La TAE o Tasa Anual Equivalente es coste total del préstamo o crédito hipotecario. Al tipo de interés anual o TIN hay que añadir todos los costes que conlleva la contratación de una hipoteca, por ejemplo, la comisión de apertura hasta los seguros de vida y de hogar. La finalidad de la TAE es homogeneizar y, por tanto, permitir la comparación de la información suministrada por las diferentes entidades financieras y el coste de sus préstamos hipotecarios. Su cálculo se realiza mediante la fórmula siguiente:
donde: X es la TAE, m es el número de orden de la última disposición de crédito, k es el número de orden de una operación de disposición de crédito, por lo que 1 ≤ k ≤ m, Ck es el importe de la disposición de crédito número k, tk es el intervalo de tiempo, expresado en años y fracciones de año, entre la fecha de la primera operación de disposición de crédito y la fecha de cada una de las disposiciones siguientes, de modo que t1 = 0, m’ es el número de orden del último reembolso o pago de gastos, l es el número de orden de un reembolso o pago de gastos, D1 es el importe de un reembolso o pago de gastos, sl es el intervalo de tiempo, expresado en años y fracciones de año, entre la fecha de la primera disposición de crédito y la de cada reembolso o pago de gastos.
La cuota constante del préstamo = Co * i * 1 / (1-(1+i)^-n)
Siendo:
Co = Importe de préstamo pendiente.
n = Número de cuotas pendientes.
i = Tipo de interés calculado para el periodo correspondiente a la liquidación de intereses (TIN/12)
El tipo de interés se ha calculado bajo la hipótesis de que los índices de referencia no varían, por tanto, esta cuota constante podría variar con las revisiones del tipo de interés.
Ibercaja ofrece una financiación con muy buenas condiciones de hasta el 80% del valor de tasación para compra de primera vivienda y el 70% para la compra de segunda residencia. Estos préstamos hipotecarios pueden ser: a tipo variable con el primer año desde el 1,75% y el resto hasta los 25 años desde EUR + 0,60% con una TAE VARIABLE 4,96%; a tipo mixto con 10 años desde el 2,55% TIN y resto desde el EUR + 0,90% con TAE VARIABLE 4,11%; a tipo mixto con 5 años desde el 2,25% TIN y resto desde el EUR + 0,65% con TAE VARIABLE 4,40%; y de tipo fijo desde el 2,99% TIN hasta 25 años y una TAE de 3,99%.
Los productos cuya contratación permiten bonificar el tipo de interés serían los siguientes:
– Domiciliación de nómina o pensión.
– Contratación de seguro de hogar y de vida.
– Aportación a fondo de inversión.
No tiene ni comisión de apertura ni de cancelación anticipada parcial o total. No se admite dación en pago.
Advertencias:
Gastos que debe pagar el cliente: Tasación, gastos de mantenimiento de la cuenta corriente y de tarjetas de crédito y los gastos por el seguro de hogar.
Documentación necesaria: DNI, contratos de trabajo o último recibo del pago de autónomo, vida laboral, 3 últimas nóminas, última declaración de renta, 3 últimos recibos de cualquier préstamo que se tenga y extracto bancario.
Productos que bonifican: Domiciliación de nómina y seguro hogar.